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REACH 2018 - Registro de sustancias químicas
¿Su empresa fabrica o importa sustancias químicas en una cantidad igual o superior a una tonelada al año en el mercado de la UE/EEE? Si la respuesta es sí, tiene la obligación de registrarlas. Descubra cómo.
REACH (abreviatura en inglés de «registro, evaluación, autorización y restricción de las sustancias y preparados químicos») es un Reglamento de la Unión Europea que entró en vigor el 1 de junio de 2007. Su principal objetivo es mejorar la protección de la salud humana y el medio ambiente contra los riesgos que pueden presentar los productos químicos, a la vez que se potencia la competitividad de la industria química de la UE. El Reglamento también fomenta métodos alternativos para la valoración del peligro de las sustancias con el fin de reducir el número de ensayos realizados con animales.

El ámbito de aplicación de REACH se extiende a todas las sustancias químicas, no sólo las utilizadas en procesos industriales, sino también en nuestra vida diaria como los productos de limpieza, las pinturas o artículos como ropa, muebles y dispositivos eléctricos. Por tanto, la normativa afecta a la mayoría de las empresas de la UE.

REACH traslada la carga de la prueba a las empresas. Para cumplir con la normativa, las empresas deben identificar y gestionar los riesgos vinculados a las sustancias que se fabrican y se comercializan en la UE. Las empresas deben demostrar a la ECHA (siglas en inglés de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos) cómo puede utilizarse la sustancia con seguridad y deben informar sobre las medidas de gestión del riesgo a los usuarios.

Si no es posible gestionar el riesgo, las autoridades pueden restringir el uso de sustancias de diferentes formas. A la larga, las sustancias más peligrosas deberán sustituirse por otras que entrañen menor peligro.


EL EFECTO DE REACH EN LAS EMPRESAS

REACH repercute en un amplio abanico de empresas repartidas por numerosos sectores, incluidos sectores que en principio podrían no considerarse a sí mismos ligados a las sustancias químicas, según su papel:

• Fabricante: si fabrica productos químicos, bien para uso propio o para suministrar a otros (incluso para exportación).

• Importador: si adquiere cualquier producto procedente del exterior de la UE o del EEE. Puede tratarse de productos químicos individuales, de mezclas para su posterior venta o de productos acabados, como ropa, muebles o productos de plástico.

• Usuarios intermedios: la mayoría de las empresas utilizan productos químicos, en ocasiones incluso sin darse cuenta, por lo que debe comprobar sus obligaciones en caso de que en su actividad industrial o profesional manipule cualquier tipo de producto químico.

REACH establece procedimientos para la recopilación y la valoración de información sobre las propiedades y los peligros de las sustancias. Las empresas están obligadas a registrar sus sustancias y para ello deben trabajar conjuntamente con otras empresas que vayan a registrar la misma sustancia.


REGISTRO EN REACH

Las empresas deben registrar las sustancias que fabrican o importan por encima de una tonelada al año. Tienen la responsabilidad de recopilar información sobre sus propiedades y usos, y además deben realizar una valoración de los peligros y riesgos potenciales que presenta la sustancia.

El registro está basado en el principio «una sustancia, un registro». Esto significa que los fabricantes e importadores de la misma sustancia están obligados a presentar su solicitud de registro conjuntamente. La información analítica y espectral proporcionada debe ser coherente y suficiente para confirmar la identidad de la sustancia. Normalmente se aplica una tasa al registro de sustancias.

El registro es aplicable a las sustancias como tales, en mezclas y, en algunos casos, a las sustancias contenidas en artículos. Las sustancias químicas que ya están reguladas por otras normativas, como los medicamentos o las sustancias radiactivas están parcial o totalmente exentas de los requisitos de REACH.

El último plazo de registro contemplado en REACH es el 31 de mayo de 2018. Este plazo afecta a las empresas que fabriquen o importen sustancias químicas en un volumen de entre 1 y 100 toneladas al año.

La hoja de ruta de ECHA sobre REACH 2018 divide el registro en siete fases y describe los objetivos de cada fase y el apoyo que la Agencia brinda a los solicitantes de registro. Las empresas deben comenzar los preparativos con tiempo suficiente. La página web de la ECHA (http://echa.europa.eu/es) sobre REACH 2018 (http://echa.europa.eu/es/regulations/reach) ofrece toda la información y el material necesario para ayudar a las empresas a prepararse.


EL PAPEL DE LA ENTERPRISE EUROPE NETWORK

La Enterprise Europe Network, la mayor red de apoyo a las PYMEs con proyección internacional, también colabora directamente con la ECHA en la difusión de las obligaciones derivadas del reglamento REACH y apoyo en el proceso de registro. En España se cuenta incluso con una persona como Contacto Nacional REACH de la Enterprise Europe Network, María Lumbierres, Gestora de Proyectos de Cooperación Tecnológica Internacional. Las empresas que requieran el apoyo de la Red pueden localizar el nodo más cercano a través de la página web oficial de la Red (http://een.ec.europa.eu).

Fuente: Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos. http://echa.europa.eu/
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